Advertidos errores en el Diario Oficial de Galicia número 36, del martes 22 de febrero de 2022, es necesario hacer las siguientes correcciones:
En la página 12574, en el apartado 4 del artículo 9, donde dice: «Fuera de la temporada hábil de salmónidos, en los tramos autorizados para la captura de perca americana se podrán emplear peces artificiales, «streamers», cebos de superficie (comúnmente conocidos como «poppers» y «plugs») y cebos de materiales plásticos o semejantes (comúnmente conocidos como «vinilos»), queda prohibido el empleo de peces artificiales», debe decir: «Fuera de la temporada hábil de salmónidos, en los tramos autorizados para la captura de perca americana se podrán emplear «streamers», cebos de superficie (comúnmente conocidos como «poppers» y «plugs») y cebos de materiales plásticos o semejantes (comúnmente conocidos como «vinilos»), queda prohibido el empleo de peces artificiales».
En la página 12596, en el anexo IX, en la provincia de Lugo, donde dice: «Río Lor y afluentes (A Pobra do Brollón, Folgoso do Courel, O Incio, Pedrafita do Cebreiro, Quiroga y Samos), excepto en el tramo comprendido entre Ponte de Froxán (Folgoso do Courel; 643.354; 4.711.576) y el límite superior del coto de A Labrada, con una longitud aproximada de 6,5 km», debe decir: «Río Lor y afluentes (A Pobra do Brollón, Folgoso do Courel, O Incio, Pedrafita do Cebreiro, Quiroga y Samos)».
En la página 12601, en el anexo XI, en la tabla de la provincia de Lugo, donde dice:
«Eo |
Límite inferior del lote 2 del coto de Salmeán |
Límite superior del lote 1 del coto de A Pontenova |
0,9» |
Debe decir:
«Eo |
Límite inferior del lote 2 del coto de Salmeán |
Límite superior del lote 1 del coto de A Pontenova |
3,5» |