En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con las instalaciones que se describen continuación:
• Solicitante: Marcofán Eólica S.L.; CIF: B32495202.
• Denominación del proyecto: Parque Eólico Marcofán.
• Ayuntamientos afectados: O Irixo, Boborás y Beariz (Ourense).
• Potencia a instalar: 39,2 MW.
• Número de aerogeneradores: 7 × 5,6 MW de potencia nominal unitaria.
• Producción neta anual estimada: 113.198 Mwh/año.
• Subestación: colectora Paraño (objeto de otro expediente).
• Línea de evacuación: CSM PE Marcofán-arqueta receptora subestación colectora Paraño.
• Plazo de ejecución: 9 meses.
• Presupuesto de ejecución material: 24.226.677 €.
• Emplazamiento: (coordenadas UTM, huso 29 ETRS89).
Las coordenadas que definen la poligonal del parque eólico son:
Vértice |
UTM-X |
UTM-Y |
V01 |
562.810 |
4.706.770 |
V02 |
563.560 |
4.706.770 |
V03 |
563.560 |
4.704.770 |
V04 |
562.210 |
4.704.020 |
V05 |
562.210 |
4.701.820 |
V06 |
561.260 |
4.701.820 |
V07 |
560.510 |
4.704.520 |
V08 |
561.160 |
4.705.920 |
V09 |
562.110 |
4.705.920 |
Las coordenadas previstas en proyecto para los aerogeneradores y para el centro de seccionamento y medida (CSM) son:
UTM-X |
UTM-Y |
|
AG1 |
562.869 |
4.706.578 |
AG2 |
563.025 |
4.706.253 |
AG3 |
561.333 |
4.703.651 |
AG4 |
561.402 |
4.703.298 |
AG5 |
561.466 |
4.702.943 |
AG6 |
561.481 |
4.702.584 |
AG7 |
561.564 |
4.702.233 |
CSM |
561.857 |
4.704.283 |
Las coordenadas previstas en proyecto para la arqueta receptora en la subestación colectora Paraño son:
Arqueta |
UTM-X |
UTM-Y |
Arqueta |
561.855 |
4.704.276 |
Características técnicas recogidas en el proyecto:
– 7 aerogeneradores modelo V162 de 5.6 MW del fabricante Vestas, con una altura de buje de 119 m, diámetro de rotor de 162 m, con sus correspondientes centros de transformación, ubicados en la propia góndola de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 7.000 kVA y relación de transformación de 0.720/30 kV.
– Red eléctrica subterránea de 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y el centro de seccionamento y medida (CSM) del parque eólico, compuesta por tres circuitos con conductores tipo Al RHZ1-OL 18/30 (36) kV de sección variable según el tramo, el circuito 1 para la interconexión de los aerogeneradores AG1 y AG2, circuito 2 para los AG3, AG4 y AG5, y el circuito 3 para los AG6 y AG7.
– Centro de seccionamento y medida (CSM) del parque eólico, edificio prefabricado en envolvente de hormigón monobloque, con celdas de protección de entrada y salida de línea a 30 kV, con interruptor automático Inom 1200 A, celda de medida de tensión y celda de protección de transformador para SSAA, de 50 kVA r/ t: 30/0.42 kV. Equipos de control del parque compuesto por PC y software tipo Scada para la supervisión local y remota de instalaciones y de equipo y medida y facturación.
– Línea de evacuación LSAT a 30 kV compuesta por tres circuitos eléctricos subterráneos, ejecutados en zanja única y conductores RHZ1 18/30 kV 3×(1×240/400/630) Al, con origen en el CSM del PE Marcofán y fin en arqueta receptora en la subestación colectora Paraño (objeto de otro expediente).
El objeto de la información pública será la autorización administrativa previa y de construcción, el proyecto de interés autonómico y el estudio de impacto ambiental de las instalaciones.
Documentación que se expone:
1. El proyecto de ejecución (firmado en enero-2022).
2. El estudio de impacto ambiental (EIA) (firmado en julio-2021).
3. El proyecto de interés autonómico (firmado en julio-2021 ).
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, para el conocimiento general y, en su caso, presentar las alegaciones o las observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.
Toda la documentación se puede consultar en esta Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación en Ourense, calle Curros Enríquez, nº 1, 32003 Ourense, y en el siguiente enlace web de la Consellería:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
Ourense, 20 de enero de 2022
Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense