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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Martes, 18 de enero de 2022 Pág. 2394

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Poio

ANUNCIO de requerimiento de gestión de la biomasa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y dado que los titulares de lo bienes que se relacionan a continuación son desconocidos y resulta imposible su notificación, se comunica a las personas responsables su obligación legal de gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas prohibidas en las parcelas que se describen, impuesta por el artículo 22.1 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia:

Fecha del acta inspección

Ref. catastral

Localización/polígono/parcela

Persona responsable

4.10.2021

36041A041008260000OE

Tomada. Poio/pol. 41/parc. 826

Desconocida

1º. En virtud de lo que antecede, se le comunica que en el acta de inspección referenciada se comprobó que en la referida parcela se incumple lo establecido en el artículo 21 de la Ley 3/2007. Por lo tanto, dispone de un plazo máximo de quince (15) días naturales para el cumplimiento voluntario para gestionar la biomasa en la parcela citada, que se iniciará el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

2º. En caso de persistencia en el incumplimiento transcurrido de dicho plazo, el Ayuntamiento procederá sin más trámites a la ejecución subsidiaria, con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la precitada Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.

3º. En el caso de proceder a la ejecución subsidiaria, el Ayuntamiento procederá a la liquidación provisional de los costes a que previsiblemente dará lugar, con la advertencia de que se procederá a su exacción inmediata en caso de persistencia en el incumplimiento, tras el transcurso del plazo otorgado, sin perjuicio de la liquidación definitiva una vez finalizados los trabajos, en su caso. En este caso, la liquidación provisional de los trabajos necesarios para gestionar la biomasa en las fajas secundarias se establece en una cantidad estimada de 1.505,73 euros por hectárea para los trabajos de apeo, tronzado, apilado y saca mecanizada del arbolado.

Nº de expediente

Ref. catastral

ha afectadas por ejecución subsidiaria

Liquidación provisional

2817/2021 (xMA 21/107)

36041A041008260000OE

0,424649

1.505,73

4º. En caso de persistencia en el incumplimiento, y transcurrido el plazo otorgado, se iniciará también el correspondiente procedimiento sancionador según lo previsto en el título VII de la Ley 3/2007.

Poio, 26 de abril de 2021

Luciano Sobral Fernández
Alcalde