BDNS (Identif.): 601839.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Se establecen dos categorías de posibles entidades beneficiarias de esta convocatoria:
Categoría 1. Las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas titulares, arrendatarios o poseedores de culquier otro título de disponibilidad de espacios escénicos y/o musicales abiertos al público, situados en la Comunidad Autónoma, habilitados legalmente para organizar espectáculos escénicos y musicales live con público.
Categoría 2. Las entidades públicas que integran la Administración local, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y sus organismos dependientes titulares, arendatarios o poseedores de cualquier otro título de disponibilidad de espacios escénicos y musicales abiertos al público situados en Galicia, habilitados legalmente para organizar espectáculos escénicos y musicales live con público.
Segundo. Finalidad
Determinar las condiciones por las cuales se regulará la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de la Agencia Galega de las Industrias Culturales, para la concesión de subvenciones a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales al amparo de los fondos de NextGeneration EU y el Mecanismo de recuperación y resiliencia del Reglamento (UE) nº 2021/241y se convocan para el año 2022.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 16 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales al amparo de los fondos de NextGenerationEU y el Mecanismo de recuperación y resiliencia del Reglamento (UE) número 2021/241 y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT404E).
Cuarto. Importe
Las ayudas se financiarán con un crédito total de 1.210.064,37 euros, de los presupuestos de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales del código de proyecto 2021 00003, distribuido: 605.000,00 euros de la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.760.1 y 605.064,37 euros de la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.1.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2021
Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega
de las Industrias Culturales