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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Lunes, 20 de diciembre de 2021 Pág. 62597

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2021, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y se declaran, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, las instalaciones eléctricas en el ayuntamiento de Lobios (expediente IN407A 2021/124-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: LMT, CTI y RBT polígono 23, parcela 334, Lobios.

Situación: ayuntamiento de Lobios.

Características principales del proyecto, que fue redactado por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 do Coeticor, con data do 15.1.2021:

– LMTA, a 20 kV, en conductor desnudo tipo LA-56 mm2 AL, de 17 m de longitud, con origen en el apoyo proyectado núm. 28-4 de tipo C-16/1000, que sustituye el apoyo existente tipo HV-13/400 de la LMT CCH807 (expediente 1718-AT) y final en el centro de transformación (CT) proyectado.

– CT proyectado, intemperie sobre apoyo de celosía de tipo C-12/2000, de 100 kVA de potencia aparente y R/T 20.000/400-230 V, con aislante en aceite mineral.

– RBT, rede de baja tensión de 19 m en aéreo, en conductor tipo RZ-3×150/80, hasta el nuevo apoyo proyectado de tipo HV-11/630, y 66 m en subterránea, en conductor tipo XZ1-240, con origen en el paso A/S a realizar en el citado apoyo HV-11/630 y final en la CPM de solicitante de suministración.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 4.10.2021 y en el periódico La Región de Ourense de 21.9.2021. El proyecto también estuvo en exposición pública en esta jefatura territorial y en el portal de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para eso no se presentaron alegatos contrarios a la realización del proyecto.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por lo que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta Jefatura Territorial resuelve:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita a la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento del dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo de la resolución de información pública del proyecto.

Contra a presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 24 de noviembre de 2021

Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense