En cumplimento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante/promotor: Aerogeneración Galicia, S.L.
Domicilio social: polígono industrial Lalín 2000, parcela C-26, 36500 Lalín (Pontevedra).
Denominación del proyecto: parque eólico Valdepereira.
Ayuntamientos afectados: Lalín (Pontevedra) y O Irixo (Ourense).
Potencia a instalar: 24 MW.
Producción neta anual estimada: 87.112 MWh/año.
Presupuesto de ejecución material (sin IVA): 25.249.743,14 €.
Localización (área de afección):
Vértice poligonal |
Parque eólico Valdepereira |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
A |
567.749,49 |
4.712.955,53 |
B |
568.282,37 |
4.712.959,65 |
C |
568.861,28 |
4.712.308,53 |
D |
569.875,16 |
4.711.916,77 |
E |
569.875,14 |
4.705.993,82 |
F |
566.875,14 |
4.705.993,44 |
G |
566.875,14 |
4.708.105,19 |
H |
567.055,14 |
4.708.105,20 |
I |
567.055,15 |
4.708.385,20 |
J |
567.175,15 |
4.708.385,20 |
K |
567.175,15 |
4.708.985,20 |
L |
566.875,15 |
4.708.985,20 |
M |
566.875,16 |
4.710.785,21 |
N |
567.545,16 |
4.710.785,21 |
O |
567.545,16 |
4.711.523,65 |
P |
568.235,16 |
4.711.525,22 |
Q |
568.235,16 |
4.712.025,22 |
R |
567.895,16 |
4.712.125,22 |
Emplazamiento de los aerogeneradores:
Aerogenerador |
Parque eólico Valdepereira |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
VP-01 |
569.529,22 |
4.711.819,22 |
VP-02 |
568.990,44 |
4.708.036,73 |
VP-03 |
568.345,37 |
4.707.677,08 |
VP-04 |
567.895,60 |
4.707.565,59 |
VP-05 |
567.504,37 |
4.707.286,65 |
VP-06 |
567.272,41 |
4.706.570,70 |
Emplazamiento de la subestación:
Subestación |
Parque eólico Valdepereira |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
SET |
569343,35 |
4708764,00 |
Emplazamiento de la torre meteorológica:
Torre meteorológica |
Parque eólico Valdepereira |
|
ETRS89 |
||
UTM29N-X |
UTM29N-Y |
|
TM |
568.507,00 |
4.708.050,00 |
Las características técnicas principales de las instalaciones de generación, transformación e interconexión del parque eólico son las siguientes:
• 6 aerogeneradores modelo Vestas V-150, de 4.000 kW de potencia unitaria, con velocidad y paso variables, altura de buje 105 m y 150 m de diámetro del rotor.
• 6 centros de transformación, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador, formados por transformadores de 5.150 kVA de potencia nominal y relación de transformación 0,720/30 kV, celdas de 30 kV y los correspondientes equipos de protección, telemando y demás elementos auxiliares.
• Red subterránea a 30 kV, con conductor tipo HEPRZ1 18/30kV Al, para la evacuación de la energía generada e interconexión entre los centros de transformación 0,69/30 kV y la subestación transformadora 30/132 kV.
• Una torre meteorológica de 105 m de altura.
• Subestación transformadora 30/132 kV, con edificio de control, de 55/70 MVA ONAN/ONAF, transformador de servicios auxiliares 100 kVA de potencia nominal y relación de transformación 30/0,4 kV, equipos de seccionamiento, medida, protección, telemando y demás elementos auxiliares.
Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.
Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Declaración de tramitación de urgencia: de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de implantación de iniciativas empresariales en Galicia, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 2 de septiembre de 2021, acordó declarar iniciativa empresarial prioritaria el referido parque eólico y, con base a los artículos 44 de la mencionada Ley 5/2017, de 19 de octubre, y 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el 27 de julio de 2021 la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales resolvió declarar la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos correspondientes al parque eólico, lo que supone la reducción a la mitad de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación, relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objecto de información pública los siguientes documentos: proyecto de ejecución, estudio de impacto ambiental (común a los expedientes de Valdepereira IN661A DXIEM-05/11 y Pico Seco IN661A DXIEM-04/11), proyecto de interés autonómico y relación de bienes y derechos afectados, la cual figura en el anexo que se adjunta a esta resolución.
Esta documentación estará a disposición de los interesados en las dependencias de la Sección de Energía de las jefaturas territoriales de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Empresa e Innovación de Pontevedra (avenida Mª Victoria Moreno, 43-5º, 36071 Pontevedra) y de Ourense (c/ Curros Enríquez, 1-4º, 32071 Ourense), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa, respectivamente, en el teléfono 986 80 52 39, y en el correo electrónico enerxia-minas.ceei.ourense@xunta.gal o en el teléfono 988 38 67 35, así como en los ayuntamientos de Lalín (Pontevedra) y O Irixo (Ourense), y en la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 5-4º piso, 15781 Santiago de Compostela), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico subdireccion.enerxia@xunta.gal o en los teléfonos 981 54 45 79/981 54 55 73. Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
Lo que se hace público para conocimiento general y para que las personas interesadas y los propietarios de las fincas y demás titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se adjunta como anexo de esta resolución, así como las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, puedan examinar los documentos indicados anteriormente y presentar las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de 15 días, contados a partir de la última publicación de esta resolución.
Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2021
Paula Uría Traba
Directora general de Planificación Energética y Recursos Naturales