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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Martes, 30 de noviembre de 2021 Pág. 58511

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2021 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Gancedo III.

Visto el expediente instruido a los efectos de transmisión de la batea Gancedo III y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a)Antecedentes de hecho:

Primero. Mediante escrito de 22 de octubre de 2021, María Calvar García solicitó autorización para la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Gancedo III.

Segundo. La persona interesada aportó la documentación requerida para la tramitación.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre); y con la Orden de 8 de septiembre de 2017, de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, a favor de Marcos Villaverde Rosendo (***1317**), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Gancedo III.

Situación:

Cuadrícula nº: 37.

Polígono: A.

Distrito: Redondela (Pontevedra).

Especie autorizada: ostra plana (Ostrea edulis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 20.4.1976.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Ventura Rosendo Ríos (fallecido) y María Calvar García (***9350**).

Nuevo titular: Marcos Villaverde Rosendo (***1317**).

El nuevo titular de la concesión se subroga en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 26 de octubre de 2021

La jefa territorial de Vigo
Por delegación de firma (Resolución de 29.3.2021)
Carmen de Benito Caula
Jefa del Servicio de Desarrollo Pesquero