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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Jueves, 11 de noviembre de 2021 Pág. 55665

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 21 de diciembre de 2020 por la que se convoca, para el año 2021, la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio (código de procedimiento SI434A).

En el Diario Oficial de Galicia de 7 de enero de 2021 se publicó la Resolución de 21 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se convoca para el año 2021 la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, modificada por la Ley 12/2016, de 22 de julio.

En el artículo 2 de la citada resolución se establece que el crédito asignado para atender las solicitudes que se aprueben, que se imputan a la aplicación presupuestaria 11.02.313D.480.0 (código de proyecto 2014 00180), asciende a 2.250.000,00 euros para el año 2021 y que se reservan 2.800.000,00 euros del año 2022 para la financiación de las ayudas que, por su duración, generen derechos económicos de las beneficiarias durante el ejercicio siguiente. Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Por otra parte, el artículo 7.1.h), de la Ley 3/2021, de 28 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021, dispone que con independencia de los supuestos previstos en el punto 1 del artículo 64 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, tendrán excepcionalmente la condición de ampliables los créditos incluidos en la aplicación 11.02.313D.480.0, destinados al pago de ayudas directas a mujeres víctimas de violencia de género.

En la fecha actual, dado el volumen de solicitudes presentadas de esta ayuda, que no pueden ser atendidas por el agotamiento del crédito asignado, así como las necesidades de las posibles beneficiarias, resulta necesario incrementar la dotación presupuestaria destinada a estas ayudas. Puesto que existen remanentes de otra convocatoria, procede la ampliación del crédito destinado a la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Se amplía la dotación presupuestaria asignada para la concesión de las ayudas económicas de carácter periódico de apoyo a las mujeres que sufren violencia de género en la cuantía de 195.648,55 euros, para el ejercicio corriente, con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.313D.480.0 (código de proyecto 2014 00180).

Segundo. Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida resolución para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2021

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad