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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Miércoles, 3 de noviembre de 2021 Pág. 53742

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 23 de diciembre de 2020, por la que se regulan las bases para la concesión de las ayudas establecidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento SI434B).

En el Diario Oficial de Galicia de 7 de enero de 2021 se publicó la Resolución de 23 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se regulan las bases para la concesión de las ayudas establecidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento SI434B).

En el artículo 4 de la citada resolución se establece que para la concesión de estas ayudas se destina crédito por el importe y en las aplicaciones siguientes:

– Ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: 1.200.000 euros en la aplicación presupuestaria 11.02.313D.480.0, código de proyecto 2015 00180.

– Indemnización establecida en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género: 55.000 euros en la aplicación presupuestaria 11.02.313D.480.1, código de proyecto 2015 00150.

Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

En la fecha actual, dado el volumen de solicitudes presentadas de la ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y que no pueden ser atendidas con el crédito inicialmente asignado, así como las necesidades de las posibles beneficiarias, resulta necesario incrementar la dotación presupuestaria destinada a esta ayuda.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que tengo atribuidas,

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Se amplía la dotación presupuestaria asignada para la concesión de la ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género en la cuantía de 600.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.313D.480.0, código de proyecto 2015 00180.

Segundo. Esta ampliación no afecta al plazo establecido en la referida resolución para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2021

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad