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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Martes, 14 de septiembre de 2021 Pág. 45105

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2021 por la que se convoca un curso de cuestiones de actualidad y relaciones de colaboración con agentes implicados en la disciplina urbanística.

De acuerdo con el Convenio de colaboración entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (en adelante, APLU) para el desarrollo del curso de cuestiones de actualidad y relaciones de colaboración con agentes implicados en la disciplina urbanística,

RESUELVO:

Convocar el curso que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2021

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos de las personas participantes

Podrá participar en la acción formativa convocada en esta resolución el personal empleado público de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades locales de Galicia, que tenga interés en la materia, que se encuentre en situación de servicio activo (incluido permiso por maternidad o del progenitor distinto de la madre biológica por nacimiento, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un/una hijo/a o familiar) y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II. Tendrá preferencia en la selección el personal empleado público de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de la APLU y de las demás entidades adscritas a dicha consellería, así como el personal técnico y jurídico de ayuntamientos adheridos a la APLU que desarrollen funciones relacionadas con la materia urbanística.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada uno de ellos se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como a sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 22 de septiembre de 2021.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solamente podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitir a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario, solamente serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el apartado 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 63 35 en horario de atención al publico (de 9.00 a 14.00 horas) y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Cuarta. Comprobación de datos

1. Para tramitar el procedimiento se consultarán automáticamente los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de las actividades formativas.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

Quinta. Criterios de selección

Se seguirá el siguiente orden de prelación:

1º. Personal técnico y jurídico de la APLU: personal de inspección urbanística y de subinspección urbanística y personal de las jefaturas de servicio de la APLU.

2º. Personal técnico y jurídico de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda que desarrolle funciones relacionadas con la materia urbanística.

3º. Personal técnico y jurídico de ayuntamientos adheridos a la APLU que desarrolle funciones relacionadas con la materia urbanística.

4º. Personal técnico y jurídico de las demás entidades adscritas a dicha consellería que desarrolle funciones relacionadas con la materia urbanística.

5º. Demás personal empleado público de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades locales de Galicia con interés en la materia.

Sin perjuicio de lo anterior, los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG núm. 58, de 25 de marzo). Para el año 2021, según la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 29 de enero (DOG núm. 24, de 5 de febrero), se comenzará por la letra Y.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solamente podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días respecto al inicio de la actividad formativa. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas:

3.1. Seguimiento de las actividades:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales, pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se realizará al final de la misma.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, quien emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y la APLU podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la APLU se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y la APLU garantizarán en la actividad derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV21073.

Área de conocimiento: Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

Nombre del curso: Cuestiones de actualidad y relaciones de colaboración con agentes implicados en la disciplina urbanística.

1. Objetivos.

Por una parte, en el curso se pretende abordar las novedades normativas en la materia de ordenación del territorio y urbanismo, como la reciente entrada en vigor de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, así como las últimas modificaciones efectuadas sobre la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

Por otra parte, esta acción formativa tiene por objeto clarificar las relaciones entre los diferentes sujetos que operan en la defensa de la ordenación del territorio, del urbanismo y del litoral: fiscalía, juzgados y tribunales del poder judicial, las diferentes administraciones territoriales y colegios profesionales que velan por el adecuado ejercicio de las profesiones cualificadas para el proceso de urbanización y edificación.

Así, se pretende obtener la visión de diferentes agentes que colaboran para el ejercicio de sus respectivas potestades y competencias en defensa de la legalidad territorial, urbanística y de la ordenación del litoral en Galicia.

2. Destinatarios/as.

Este curso está dirigido a todo el personal de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades locales de Galicia que tengan interés en la materia, aunque tendrá preferencia en la selección el personal empleado público de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de la APLU y de las demás entidades adscritas a dicha consellería, así como el personal técnico y jurídico de ayuntamientos adheridos a la APLU que desarrollen funciones relacionadas con la materia urbanística.

3. Desarrollo.

Modalidad: presencial.

Duración: 15 h.

Ediciones: una.

Lugar: Santiago de Compostela, salón de actos de la Escuela Gallega de Administración Pública.

Plazas: 60.

Fechas y horario:

Acto inaugural, día 4 de octubre a las 9.30 horas.

4, 11 de octubre y 2 de noviembre (3 horas): de 10.30 a 13.30 horas.

18, 25 de octubre y 8 de noviembre (2 horas): de 10.30 a 12.30 horas.

4. Contenido.

– Novedades en materia de ordenación del territorio y urbanismo: Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y reformas de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

– Actuaciones previas: la comprobación de los hechos, la fecha de terminación de las obras y la nueva realidad constructiva.

– Declaraciones periciales y como testigos ante juzgados de lo contencioso-administrativo y penal.

– Relaciones entre la Fiscalía y las administraciones públicas en materia de disciplina urbanística. Análisis del artículo 319 del Código penal.

– Relación de colaboración entre la Administración general del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia en la vigilancia de la costa y en la protección del dominio público marítimo-terrestre. Abordaje del régimen transitorio aplicable a las edificaciones preexistentes a la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, sobre la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre y consecuencias de la reforma operada por la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral.

– Afecciones sectoriales sobre el suelo rústico: coordinación inter o intraadministrativa.