Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 21 de julio de 2021
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 7/2021,
de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente acuerdo:
1º. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 20 y la disposición derogatoria única de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
2º. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3º. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertar este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Isabel Rodríguez García Ministra de Política Territorial |
Alfonso Rueda Valenzuela Vicepresidente primero y conselleiro |