De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.d) de la Orden de 7 de junio de 2018 por la que se dictan normas para la adjudicación de destinos provisionales (Diario Oficial de Galicia núm. 113, de 14 de junio) y el punto octavo de la Resolución de 16 de junio de 2021 (Diario Oficial de Galicia núm. 121, de 28 de junio), por la que se convoca el concurso de adjudicación de destinos provisionales para el curso académico 2021/22, la Dirección General de Centros y Recursos Humanos
RESUELVE:
Primero. Adjudicar definitivamente los destinos provisionales para el curso académico 2021/22 que figuran en el anexo de esta resolución obtenidos para el personal docente perteneciente al cuerpo de inspectores de educación.
Segundo. Publicar esta resolución definitiva en el portal de internet de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad http://www.edu.xunta.gal
La adjudicación definitiva tendrá efectividad del día siguiente al de su publicación en dicho portal de internet, sin perjuicio de que la toma de posesión se efectuará conforme lo dispuesto en el artículo 41 de la Orden de 7 de junio de 2018 por la que se dictan normas para la adjudicación de destinos provisionales.
Tercero. El personal adjudicatario de los destinos provisionales tomará posesión con efectividad de los efectos económicos y administrativos del día 1 de septiembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 41 de la Orden de 7 de junio de 2018.
Cuarto. Los nombramientos serán remitidos a su dirección de correo electrónico.
Quinto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular con carácter potestativo recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo contencioso-administrativo que resulte competente, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 30 de agosto de 2021
Jesús Manuel Álvarez Bértolo
Director general de Centros y Recursos Humanos