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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Martes, 7 de septiembre de 2021 Pág. 44299

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ponte Caldelas (expediente IN407A 2021/128-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Eléctrica Los Molinos, S.L.U.

Domicilio social: avenida Pontevedra 14, bajo, 36820 Ponte Caldelas.

Denominación: CD Paradela.

Situación: Ponte Caldelas.

Características técnicas: centro de distribución en caseta prefabricada, con celdas modulares bajo envolvente metálica con aislamiento en SF6, tres de línea y una de servicios auxiliares. LMT subterránea a 20 kV, con conductor RH5Z1, de 36 metros de longitud, con origen en el CD proyectado Paradela y final en el paso aéreo proyectado en un apoyo existente de la LMTA derivación Gradín-Paradela. La instalación está situada en Paradela, Ponte Caldelas.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 16 de agosto de 2021

El jefe territorial de Pontevedra
P.A. (Decreto 230/2020, de 23 de diciembre;
DOG núm. 5, de 11.1.2021, artículos 36.3 y 37.1)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Administración Industrial