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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Miércoles, 1 de septiembre de 2021 Pág. 43535

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

ACUERDO de 9 de agosto de 2021, del tribunal designado para calificar el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 001 del grupo IV de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, convocado por la Orden de 22 de noviembre de 2019, por la que se da publicidad de diversos acuerdos.

En las sesiones celebradas los días 20, 21 y 22 de julio de 2021, y el 9 de agosto de 2021, el tribunal nombrado por la Orden de 14 de septiembre de 2020 (DOG núm. 188, de 16 de septiembre), encargado de calificar el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 001 del grupo IV de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia

ACORDÓ:

Primero. Revisadas las alegaciones presentadas en las sesiones celebradas los días 20, 21 y 22 de julio de 2021, y el 9 de agosto de 2021, de conformidad con lo dispuesto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, se acuerda lo siguiente:

Respecto al primer turno, turno de la mañana de 20 de junio:

• Se recuerda que en el momento de la realización del ejercicio fueron anuladas las preguntas número 34 y 50.

• Anular las preguntas número 25, 58, 66 y 68.

• Modificar la respuesta correcta de la pregunta número 72, que pasa de la respuesta b) a la respuesta a).

• En consecuencia, las preguntas anuladas pasan a ser sustituidas por las preguntas de reserva número 81, 82, 83, 84, 85 y 86.

• Desestimar las restantes alegaciones y/o reclamaciones presentadas en este turno.

Respeto al segundo turno, turno de la tarde de 20 de junio:

• Se recuerda que en el momento de la realización del ejercicio fueron anuladas las preguntas número 13 y 69.

• Anular las preguntas número 67, 82 y 83.

• Las preguntas anuladas pasan a ser sustituidas por las preguntas de reserva número 81, 84 y 85.

• Desestimar las restantes alegaciones y/o reclamaciones presentadas en este turno.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, el ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y para superarlo será preciso obtener un mínimo de 15 puntos. A estos efectos, en los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio aprobados por el tribunal en la sesión del día 9 de junio de 2021, en cumplimiento de la potestad de determinación del criterio de superación del ejercicio, y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia funcionpublica.xunta.gal, se estableció que superarían el primer ejercicio las personas aspirantes presentadas que hayan obtenido un mínimo de treinta y seis (36) respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes. Se advierte que las preguntas no contestadas no penalizarán ni recibirán puntuación alguna. A las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada se les asignará la valoración de quince (15) puntos en el ejercicio. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los quince (15) y los treinta (30) puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo, se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas al primer ejercicio del proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 001 del grupo IV de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia en el portal web de la Xunta de Galicia, funcionpublica.xunta.gal

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De conformidad con la base II.1.1.3 respecto al tercer ejercicio, estarán exentas de su realización, las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia del presente acuerdo, el Celga 3 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2021

Rubén Plaza Martínez
Presidente del tribunal