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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Jueves, 22 de julio de 2021 Pág. 37542

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ponte Caldelas (expediente IN407A 2021/89-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Eléctrica los Molinos, S.L.U.

Domicilio social: avenida Pontevedra, 14, bajo, 36820 Ponte Caldelas.

Denominación: LMTS CTS Cuñas-CT Tourón-derivación Parada.

Situación: Ponte Caldelas.

Características técnicas:

LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ5 de 240 mm2 de sección, de 2.794 metros de longitud, con origen en el centro de transformación y seccionamiento Cuñas y final en el centro de transformación Tourón, haciendo entrada y salida en los centros de maniobra CD Rotonda Cuñas y CT Paradela.

LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ5 de 240 mm2 de sección, de 1.550 metros de longitud, con origen en el CD Rotonda Cuñas y final en el centro de transformación Parada.

La instalación está situada en los lugares de Tourón, Paradela, Cuñas y Parada, en el municipio de Ponte Caldelas.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, DOG nº 203, do 25 de octubre de 2017, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 30 de junio de 2021

Tomás Nogueiras Nieto
Xefe territorial de Pontevedra