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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Martes, 20 de julio de 2021 Pág. 36996

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ORDEN de 6 de julio de 2021 por la que se nombra a vocales del Jurado de Expropiación de Galicia.

La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, dispone en su artículo 11.1 que el Jurado de Expropiación de Galicia es un órgano colegiado permanente de la Comunidad Autónoma de Galicia especializado en los procedimientos para la fijación del precio justo en la expropiación forzosa, cuando la Administración expropiante es la Comunidad Autónoma o las entidades locales de su ámbito territorial. Dicho precepto establece, entre otros extremos, las funciones de este jurado, que son desarrolladas mediante el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y por el Reglamento de organización y régimen de funcionamiento del Jurado de Expropiación de Galicia, aprobado en el Decreto 172/2018, de 20 de diciembre.

El artículo 7.1.f) del Decreto 172/2018, de 20 de diciembre, establece, respecto de la composición del Jurado, que entre los vocales figuran siete profesionales libres colegiados con acreditada competencia en las materias propias de las competencias del Jurado, nombrados por la consellería de adscripción, a propuesta de los presidentes de los colegios profesionales de Galicia a los que pertenezcan, entre los que figura el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia.

Este mismo artículo establece que las personas titulares de las vocalías previstas en las letras c), d), e) y f) serán sustituidas en los casos de vacante, ausencia o enfermedad por los suplentes designados en el momento de su nombramiento.

Por su parte, el artículo 11 del referido decreto establece que las personas titulares de las vocalías previstas en las letras c), d), e) y f) del artículo 7, el mandato, tanto del titular como del suplente será de cuatro años, renovable por períodos de igual duración, que comenzará a computarse desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el Diario Oficial de Galicia.

En virtud de la Orden de 16 de junio de 2017 (publicada en el DOG núm. 125, de 3 de julio) por la que se nombran vocales del Jurado de Expropiación de Galicia, se realizó el nombramiento de los vocales, titular y suplente, en representación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia.

Agotada la vigencia de su mandato y después de realizar los trámites formales de solicitud de designación al organismo, el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia, realizó la propuesta de nombramiento de nuevos vocales, titular y suplente, representantes del citado colegio.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo único

Nombrar a las personas que se relacionas en el anexo como vocales del Jurado de Expropiación de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2021

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad

ANEXO

Vocales del Jurado de Expropiación de Galicia según lo dispuesto en el artículo 7.1.f) del Decreto 172/2018, de 20 de diciembre.

1. En representación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia:

Titular: Francisco Alonso Fernández.

Suplente: Juan José Vázquez Cerreda.