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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Lunes, 19 de julio de 2021 Pág. 36945

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Moraña (expediente IN407A 2021/68-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis 77, 28033 Madrid.

Denominación: sustitución apoyos A4G2935Q//33-4 y A4DVN550//33-5 CT de la LMT SEGAD-TIB801.

Situación: Moraña.

Características técnicas: Instalación de dos apoyos en la LMT SEGAD-TIB801, un C-18/3000-H35 en sustitución del apoyo A4G2935Q//33-4 y un C-14/3000-H35 en substitución del 4DVN550//33-5 CT. Tendido de 99 metros LMT aérea a 20 kV, con conductor LA-56, entre los nuevos apoyos. Retensado del vano de 101 metros, comprendido entre el apoyo proyectado C-18-3000-H35 y el existente A4HLDHV6//33-3. Reubicación del centro de transformación intemperie existente Sabadín en el apoyo C-14/3000-H35 proyectado.

La instalación está situada en Sabadín, Moraña.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, DOG nº 203, de 25 de octubre, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Pontevedra, 24 de junio de 2021

Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra