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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Martes, 6 de julio de 2021 Pág. 34590

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

ANUNCIO de 18 de junio de 2021 por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores por incumplimiento de las medidas de prevención y contención en materia sanitaria del ayuntamiento de Vilalba (expediente SCOVID/VILALBA/0001 y diecinueve más).

El Ayuntamiento de Vilalba acordó la incoación de los expedientes sancionadores número SCOVID/VILALBA/0001 y diecinueve más por vulneración de la normativa sanitaria.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación de inicio del procedimiento sancionador en materia sanitaria a las personas interesadas que figuran en el anexo se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia.

Dado que en este acto no se publica en su integridad la notificación referida, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a disposición de las personas interesadas, junto con el resto del expediente, durante el plazo máximo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Vilalba, situadas en la praza de la Constitución, 1, Vilalba, Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. Se advierte a las personas interesadas que, de no comparecer en el referido plazo, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos, al día siguiente al vencimiento del plazo.

Las personas interesadas disponen del plazo indicado en el párrafo anterior para presentar ante la persona instructora del expediente cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretendan valerse, de conformidad con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. De no efectuar alegaciones en el referido plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 44.bis.5 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, se informa a las personas interesadas que la sanción que se indica en el acuerdo de incoación podrá estar sujeta a las siguientes reducciones: el 25 %, en el caso de reconocimiento de su responsabilidad o de pago voluntario de la sanción antes de la resolución del procedimiento, o el 50%, en el caso de reconocimiento de su responsabilidad y de pago voluntario de la sanción antes de la resolución del procedimiento. La efectividad de cualquiera de estas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en la vía administrativa contra la sanción.

El presente anuncio se realiza al amparo de lo establecido en el Convenio firmado el 27 de noviembre de 2020 entre la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) para articular la encomienda de gestión a la Xunta de Galicia a fin de realizar actuaciones auxiliares y de colaboración material en la tramitación de los procedimientos sancionadores competencia de los ayuntamientos de Galicia, en relación con el incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas para la lucha contra la COVID-19.

Santiago de Compostela, 18 de junio de 2021

Pablo Crego Gil
Funcionario de la unidad tramitadora

ANEXO

Número de expediente

DNI/CIF de la

persona interesada

Infracción imputada

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

SCOVID/VILALBA/0001

33341765E

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0010

34320070E

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0033

21050238V

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0051

33544137V

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0059

33293517M

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0068

Y7168719R

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0085

Y1796396H

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0090

33858636Z

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0091

Y1019468F

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0098

45432258J

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0114

X3107438T

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0115

55263034Z

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0117

32781304W

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0120

X6100621D

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0138

34636307D

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0158

05948397E

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0176

33558981A

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros

SCOVID/VILALBA/0189

76726923G

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0192

76568558V

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

80 euros

SCOVID/VILALBA/0203

32927744R

No utilizar la mascarilla obligatoria en los términos establecidos en la normativa vigente y no encontrarse, de forma justificada, en ninguna de las excepciones a dicha obligación

Art. 57.2.c).1º Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud

Artículo 58.1.c) Ley 33/2011

Art. 31.2 Real decreto ley 21/2020

100 euros