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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 21 de junio de 2021 Pág. 31152

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2021, del tribunal nombrado para calificar el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 017 del grupo II, asistente/a social, de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, convocado por la Orden de 4 de noviembre de 2019, por el que se da publicidad a diversos acuerdos.

En sesión que tuvo lugar el 8 de abril de 2021, el tribunal nombrado por Resolución de 19 de octubre de 2020 (DOG núm. 250, de 14 de diciembre) para calificar este proceso selectivo,

ACORDÓ:

Primero. En sesión que tuvo lugar el 8 de abril de 2021, de acuerdo con lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, después de revisar las reclamaciones presentadas contra el primer ejercicio de este proceso selectivo realizado el 20 de marzo de 2021, anular las preguntas 5, 6, 80, 136 y 142. Su lugar pasa a ser ocupado por las preguntas números 151, 152, 154, 158 y 159 respectivamente. Asimismo, se acuerda modificar el modelo de corrección de respuestas en la pregunta número 151, siendo correcta la alternativa a). Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones realizadas al mencionado ejercicio.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1 de la convocatoria, el primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 60 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de treinta (30) puntos. En la primera parte del ejercicio será necesario obtener un mínimo de ocho (8) respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes. En la segunda parte será necesario obtener un mínimo de veintidós (22) respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes. Cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta.

Así pues y de conformidad con lo dispuesto en la citada base, por Resolución de este tribunal de 1 de marzo de 2021, se dio publicidad a los parámetros para la calificación del primer ejercicio, que establecen que superarán el primer ejercicio las personas aspirantes presentadas que alcancen las mejores puntuaciones, en el conjunto de todas los turnos, hasta completar el número máximo de treinta y dos (32), siempre y cuando hayan respondido correctamente al 50 % de las preguntas del cuestionario consideradas válidas una vez hechas las deducciones por respuestas incorrectas, que descontarán un cuarto de una pregunta correcta. Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación. Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque el corte se considerarán igualmente aprobadas, aunque se superase el número de aspirantes antes indicado (32).

Se asignará la valoración de 30 puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 30 y los 60 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Las personas aspirantes que no superen el ejercicio serán declaradas no aptas.

Tercero. Una vez hecha la corrección de los exámenes en sesión del 20 de mayo de 2021 según los criterios anteriores, alcanzaron la puntuación de 30 puntos un total de 6 aspirantes. Se acuerda publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al primer ejercicio.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el primero ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar la documentación justificativa de estar en posesión del Celga 4 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

Sexto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 1 de junio de 2021

Luis Miguel Vázquez Carreira
Presidente del tribunal