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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Jueves, 17 de junio de 2021 Pág. 30470

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 27 de mayo de 2021 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Joymi amarrada en el puerto de Beluso (Bueu).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a José Fabeiro Torres mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado el Acuerdo de 5 de mayo de 2021, de la Presidencia de la entidad pública Puertos de Galicia, que inicia el procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Joymi con folio 7ª-VI-2-16-01, amarrada en el puerto de Beluso por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El acuerdo se emite por encontrarse la embarcación amarrada en el pantalán de tránsito del puerto de Beluso sin actividad ni mantenimiento alguno desde hace más de un año y sin abonar tasas, en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento es la presidenta de puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, siendo su régimen de recusación el consignado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE núm. 236, de 2 de octubre), de régimen jurídico del sector público.

Se otorga al interesado antes identificado un plazo máximo de 10 días para formular alegaciones.

Se advierte que, de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar al buque abandonado, este pasará a ser propiedad de Puertos de Galicia, lo que no impedirá que todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre o buque sean a costa del anterior propietario.

Cara a su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2021

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia