De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2021
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 9/2021,
de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo
a la reactivación económica de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 31, 39 y 40 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
Segundo. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
Tercero. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Miquel Octavi i Llorens |
Alfonso Rueda Valenzuela |