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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 24 de mayo de 2021 Pág. 25736

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2021/09 AT).

Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Peticionaria: Begasa.

Domicilio social: calle Aller Ulloa, Ramón María, nº 9. 27003 Lugo.

Denominación: reforma y automatización CT 14248 Isla de Man.

Situación: ayuntamiento de Lugo.

Visado: sí, Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia con número de visado 20210245 de fecha 29 de enero de 2021.

Características técnicas:

• Reforma del CT no prefabricado (14248) Isla de Man, con una potencia instalada de 1×250 kVA B2 e 1×75 kVA B1 y una potencia proyectada de 1×400 kVA y relación de transformación 20.000/400-230-133 V, consistente en:

Instalación de tres nuevas celdas de línea de SF6 telemandadas y una de protección.

Instalación de dos nuevos cuadros de baja tensión.

Instalación de nuevos puentes de MT y BT.

Modificación del circuito de alumbrado, emergencia y tierras.

Instalación de un nuevo transformador 1×400 kVA.

Finalidad de la instalación: mejora de instalaciones.

Presupuesto: 60.727,71 €.

Documentación complementaria:

• Separata para el Ayuntamiento de Lugo.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera: las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.

Segunda: la peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera: en todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas da alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un (1) mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 10 de mayo de 2021

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo