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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Jueves, 20 de mayo de 2021 Pág. 24820

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 732/2021 JG).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 732/2021 de esta sección, seguido a instancia de Víctor Rodríguez Quintiana, Omar Santiago Príncipe Riera, Iván Beceiro Rubín y Alexandre Xosé Piñeiro Díaz contra la empresa Lumaso Telecomunicaciones, S.L. y el Fogasa, sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Víctor Rodríguez Quintiana, Omar Santiago Príncipe Riera, Iván Beceiro Rubín y Alexandre Xosé Piñeiro Díaz, contra el auto de fecha uno de octubre del año dos mil veinte del Juzgado de lo Social número cuatro (Refuerzo) de los de A Coruña (procedimiento 411/2020), debemos declarar y declaramos la nulidad del auto recurrido y de todas las actuaciones anteriores hasta el momento de presentación de la demanda, mandando reponer los autos al citado momento de presentación de la demanda, para que, tras comprobación de que la demanda cumple los requisitos legales, se admita a trámite, si procediere, sin necesidad de elegir entre las acciones ejercitadas y referida a la totalidad de los actores.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de los cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo de observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Lumaso Telecomunicaciones, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 21 de abril de 2021

La letrada de la Administración de justicia