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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miércoles, 28 de abril de 2021 Pág. 21254

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 9 de abril de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se publica la resolución relativa a la revisión cartográfica y documental del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Loxo-Enquerentes-Fontes Rosas y Ribeira (Touro-A Coruña).

Con fecha 31 de agosto de 2020, la Dirección General de Desarrollo Rural, con el fin de obtener la coordinación entre los datos gráficos y los alfanuméricos de diversas fincas resultantes del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Loxo-Enquerentes-Fontes Rosas y Ribeira (Touro-A Coruña), dictó la siguiente resolución:

El acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Loxo-Enquerentes-Fontes Rosas y Ribeira (Touro-A Coruña) fue declarado firme con fecha 17 de diciembre de 2014, extendiéndose el acta de reorganización de la propiedad con fecha 9 de junio de 2015.

Como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 13/2015, de 24 de junio, de reforma de la Ley hipotecaria y del texto refundido da Ley del catastro inmobiliario, de obligado cumplimento, y conforme a la habilitación recogida en la disposición transitoria sexta de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, se llevó a cabo la revisión cartográfica y documental del acuerdo firme de la mencionada zona de concentración parcelaria.

Resultado de dicha revisión –previo trámite de audiencia– se hace necesaria la modificación de las superficies de las fincas que figuran en la parte dispositiva de esta resolución, como consecuencia de la necesaria coordinación entre sus datos gráficos y los alfanuméricos.

Vistos el informe emitido por el Servicio Provincial de Infraestructuras Agrarias de A Coruña, la Ley 13/2015, de 24 de junio, de reforma de la Ley hipotecaria y del texto refundido de la Ley del catastro inmobiliario, la disposición transitoria sexta de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás disposiciones de aplicación al caso.

Esta dirección general, al amparo de la disposición transitoria sexta de dicha Ley 4/2015, de 17 de junio,

RESUELVE:

1. Hacer constar las fincas que figuran en el cuadro que a continuación se recoge con las superficies que en él se indican:

Propietario

Finca

Superficie

16

40

4.258

17

40

3.346

715

40

40.982

13

40

6.599

131

629

1.013

311

629

6.340

428

458

1.739

474

458

6.083

442

647

2.144

549-1

647

500

773

343

4.975

719-1

343

1.601

847

664

1.832

901

664

1.302

122

557

741

192

369

5.869

193

565

12.196

205

150

2.906

278

177

26

314

28

1.886

418

573

248

448

307

612

787

135

8.530

816

669

729

820

180

3.572

834

640

3.407

861

391

518

886

431

22.429

924

508

5.002

925

402

14.229

963

575

1.436

1034

173

616

1037

626

2.062

1055

221

21.105

1245

68

9.034

1295

630

1.165

121-1

733

1.085

1243-1

258

1.194

2. Desaparecen del expediente las fincas núm. 217-2, 701, 473 y 549. Esta última como consecuencia de su segregación en las fincas núm. 549-1 y 549-2.

3. Se modifican las fincas adjudicadas al propietario núm. 697 (Ayuntamiento de Touro), que quedan con la superficie que se indica en el siguiente cuadro:

Propietario

Finca

Superficie

15

697

5.829

73

697

2.423

182

697

2.801

312

697

4.808

315

697

7.754

503

697

2.756

555

697

17.502

587

697

7.195

588

697

214

621

697

3.334

635

697

10.702

637

697

465

639

697

4.118

673

697

1.560

862

697

149

1000

697

1.622

1056

697

16.349

1057

697

12.320

1079

697

4.959

1152

697

2.082

1201

697

232

1202

697

1.612

1294

697

4.407

1243-2

697

782

454-2

697

2.443

534-1

697

1.616

543-1

697

294.848

543-2

697

21.652

596-1

697

20.328

600-2

697

3.315

770-1

697

1.734

786-1

697

1.354

4. Se varían las fincas asignadas al propietario desconocido (prop. núm. 1000) que se relacionan en el cuadro adjunto, con las superficies que se recogen en el mismo:

Propietario

Finca

Superficie

14

1000

2.523

371

1000

663

562

1000

4.144

586

1000

4.792

594

1000

3.822

631

1000

1.674

634

1000

440

739

1000

1.938

983

1000

8.468

1009

1000

609

1051

1000

1.130

1062

1000

1.015

1095

1000

938

1198

1000

28.665

1263

1000

2.987

1273

1000

3.380

1290

1000

5.468

549-2

1000

4.510

75-1

1000

3.716

Todo ello tal y como se refleja en los planos y fichas de atribuciones de los propietarios citados.

La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro del Medio Rural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación.

A Coruña, 9 de abril de 2021

José Manuel Santos Maneiro
Jefe territorial de A Coruña