El apartado décimo de la Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se convocan pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (códigos de procedimiento PR473A y PR473B) establece que:
«1. Concluidas las pruebas, el tribunal hará públicas y elevará a la Dirección General de la Agasp las relaciones de los/las aspirantes declarados/as aptos/as. Dicha publicación sustituye las notificaciones a las personas interesadas.
2. La Dirección General de la Agasp elevará a la dirección general competente en materia de espectáculos públicos el listado definitivo de los/las aspirantes declarados/as aptos/as y procederá a su publicación en el DOG, en el tablón de anuncios de la Agasp y en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal».
Por lo expuesto, y haciendo uso de las competencias que me fueron concedidas,
RESUELVO:
Primero
Hacer pública la relación de aspirantes que superaron las pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, que se adjunta como anexo a esta resolución.
Segundo
Los/las aspirantes declarados/as aptos/as en esta resolución deberán presentar en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, solicitud ajustada al modelo oficial (PR473BA), que se publicó como anexo II en la Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se convocan pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (códigos de procedimiento PR473A y PR473B), junto con el justificante de haber abonado la correspondiente tasa, para que le sea expedida la habilitación prevista en el artículo 6 del Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
El pago de la tasa podrá hacerse en cualquiera de las modalidades previstas en la disposición quinta de la resolución de convocatoria, y se deberán cubrir los siguientes códigos en el modelo de autoliquidación:
Consellería de: Presidencia, Justicia y Turismo.
Código: 04.
Delegación de servicios centrales.
Servicio de Interior y Espectáculos Públicos.
Código: 20.
Tasa. Denominación: expedición y renovación de la habilitación.
Código: 30.48.02.
Total: 6,23 euros.
Tercero.
Contra esta resolución, definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, ante el mismo órgano que la dictó, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien formular recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10, y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.
A Estrada, 8 de abril de 2021
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública
ANEXO
Alleres Pérez, Esteban |
Argibay Blanco, Marcos |
Blanco Jaspe, David |
Carril Comesaña, Roberto |
Cid González, Roi |
Costa Casas, Diego |
De La Fuente Blanco, Miguel Ángel |
Meiriño Pérez, Eulogio |
Monasterio Portela, Francisco |
Novas Sánchez, David |
Ortiz Álvarez, José Miguel |
Pino Landín, Luis Alberto |
Requejo Hermida, Brais |
Riera Villamarín, Jerónimo |
Sarasate Pego, Manuel |
Valois Calvo, Francisco Javier |
Vicente Posse, Francisco Javier |
Vicente Posse, Ricardo |
Vila Meaño, Luis |