Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento ordinario 301/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Javier Giráldez Rosales contra la empresa Construcciones Nicogar 2014, S.L.U. y Bekabi II Eraikinak, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la Sentencia de 15 de marzo de 2021, recurrible en suplicación en el plazo de cinco días, la cual se encuentra a su disposición en la sede del Juzgado.
Para que sirva de notificación en legal forma a Bekabi II Eraikinak, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Pontevedra, 18 de marzo de 2021
La letrada de la Administración de justicia