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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Miércoles, 7 de abril de 2021 Pág. 18135

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Becerreá (expediente IN407A 2020/64 AT).

Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución S.A.

Domicilio social: A Batundeira, 2, Velle (Ourense).

Denominación: reglamentación LMT TC BCR803/BCR/804/BCR805 apoyos T3, T4 y T5 (Becerreá).

Situación: ayuntamiento de Becerreá.

Declaración responsable: sí.

Características técnicas:

• LMT aérea a 20 kV, formada por tres circuitos, con origen en el apoyo T1 existente tipo C-16/9000 y final en el apoyo T7 existente tipo HV-2-14/3A, con una longitud de 507 metros de conductor tipo LA-110, tensado sobre tres nuevos apoyos de celosía.

• LMT aérea a 20 kV, con origen en el apoyo T4 proyectado tipo C-18-4500 y final en el CT estación de servicio, con una longitud de 31 metros en conductor tipo LA-56.

• LMT subterránea a 20 kV, con origen en un paso aéreo a subterráneo ubicado en el apoyo proyectado T5 tipo C-18/4500 y final en un empalme proyectado con la LMTS BCR805 que alimenta al CT parque empresarial, con una longitud de 19 metros en conductor RHZ1-150 mm.

Finalidad de la instalación: reglamentación de instalación.

Presupuesto: 40.329,53 €.

Documentación complementaria:

• Separata para el ayuntamiento de Becerreá.

• Separata para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

• Separata para Telefónica.

• Separata para la Confederación Hidrográfica do Cantábrico.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución y el técnico competente deberá realizar la dirección de obra.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas da alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 12 de marzo de 2021

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo