BDNS (Identif.): 552234.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Personas jurídicas que tengan el nombramiento de entidad colaboradora de pesca continental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia, y en el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Este nombramiento deberá estar en vigor tanto en el momento de presentar la solicitud de ayuda como en el momento del pago de esta.
Segundo. Objeto
Ayudas para actividades e inversiones de fomento de la riqueza piscícola.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 8 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades colaboradoras de pesca continental para el fomento de la riqueza piscícola y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento MT808A).
Cuarto. Cuantía
Importe total de la convocatoria: 80.000,00 €.
Se fija un importe máximo de 8.640 € de ayuda para la sub-línea de vigilancia de tramos de pesca continental y de 1.500 € para la sub-línea de actividades divulgativas o formativas, por entidad colaboradora.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un (1) mes desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2021
Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda