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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 18 de febrero de 2021 Pág. 10546

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Muras (expediente IN407A 2020-53 AT).

Visto el expediente para el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras, parcela U2. Calle Aller Ulloa, nº 9, 27003 Lugo.

Denominación: LMT, CT y RBT NS 66045 A Igrexa (O Viveiró, Santa María).

Situación: ayuntamiento de Muras.

Características técnicas:

– Línea de media tensión aérea a 20 kV, con origen en la LMT existente derivación a CTS Endesa 2 y CTNE y final en el CTI A Igrexa proyectado, con una longitud de 29 metros en conductor LA-56.

– CTI A Igrexa, con una potencia máxima admisible de 160 kVA, una potencia inicial de 50 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

– RBT aérea con origen en el CTI proyectado, con una longitud de 132 metros en conductor tipo RZ.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE nº 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de la instalación que se autoriza será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.

Lugo, 5 de febrero de 2021

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo