Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 9 de febrero de 2021 Pág. 8164

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social, Sección Primera)

EDICTO (RSU 3241/2020 BC).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3241/2020 de esta sección, seguido a instancia de José Manuel Balagones Parada contra la empresa Talleres Balagones, S.L. y el Fogasa, sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de José Manuel Balagones Parada, contra la Sentencia de veintinueve de junio del año dos mil veinte, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Pontevedra, en proceso promovido por el recurrente frente a la empresa Talleres Balagones, S.L. y el Fogasa, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35, seguido de los cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo de observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres Balagones, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de enero de 2021

La letrada de la administración de justicia