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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 3 de febrero de 2021 Pág. 6862

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

EXTRACTO de la Orden de 29 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi eco, y se convocan para el ejercicio 2021, mediante tramitación anticipada (código de procedimiento IF303A).

BDNS (Identif.): 546569.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 da Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas titulares de autorizaciones administrativas de transporte vigentes, documentadas en tarjetas de la serie VT-N, expedidas por la Dirección General de Movilidad o por los servicios de movilidad competentes.

Para que generen derecho a la ayuda, las autorizaciones deberán ajustarse a las siguientes reglas:

a) Las autorizaciones tendrán que estar domiciliadas en Galicia.

b) Dichas autorizaciones deberán estar vigentes en el momento de la presentación de la solicitud.

c) Generará derecho a la ayuda cada una de las autorizaciones de las que sea titular el solicitante.

Segundo. Objeto

1. El objeto de esta orden es fijar las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas titulares de autorizaciones de transporte de la serie VT-N para la adquisición de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi de tipo eco.

2. Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2021.

3. En concreto, podrán ser objeto de subvención los vehículos nuevos que se adquieran entre el 2 de abril de 2020 y la fecha establecida en esta orden para justificar la ayuda.

4. El procedimiento de concesión de las ayudas será lo de concurrencia no competitiva, de acuerdo con el previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 29 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), vehículos taxi de emisiones cero y vehículos taxi eco, y se convocan para el ejercicio 2021, mediante tramitación anticipada (código de procedimiento IF303A).

Cuarto. Importe

La concesión de las ayudas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 09.02.512A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021, por un importe de 350.000 €.

La cuantía total máxima se asigna inicialmente segundo el siguiente reparto, para las tres líneas objeto de ayuda:

– Línea para taxi adaptado (Eurotaxi): 150.000 euros.

– Línea para taxi de cero emisiones: 120.000 euros.

– Línea para taxi eco: 80.000 euros.

La ayuda por vehículo para taxi adaptado (Eutotaxi) será de 10.000 euros, para taxi de cero emisiones de 6.000 euros y para taxi eco de 4.000 euros.

Las ayudas contempladas en esta orden quedan sujetas al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo á aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE de 24 de diciembre de 2013, L352/1). La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrá exceder de 200.000 EUR en un período de tres ejercicios fiscales. Este umbral se aplicará independientemente de la forma de la ayuda o del objetivo perseguido.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará comenzará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 14 de octubre de 2021.

Sexto. Otros datos

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado con el código de procedimiento IF303A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Este modelo irá acompañado además de la documentación relacionada en el artículo 6 que, necesariamente, deberá anexarse en formato electrónico. Para ello, en el proceso de presentación electrónica se permitirá anexar a la solicitud los archivos informáticos necesarios (en formato pdf, odt, ods, doc, xls, docx, xlsx, jpg, png, tiff y bmp).

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2020

Joaquín Macho Canales
Secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad