Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 3 de febrero de 2021 Pág. 6994

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 11 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2021 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos financiados por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca para la protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades pesqueras sostenibles mediante la recogida de residuos marinos, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento PE209F).

BDNS (Identif.): 546244.

Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:

a) Las cofradías de pescadores, organizaciones de productores pesqueros y demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por personas pescadoras o mariscadoras que tengan el ámbito territorial y la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Las organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, con ámbito territorial o de actuación que incluya la Comunidad Autónoma de Galicia, conjuntamente con las entidades del sector de la pesca mencionadas en la letra anterior.

c) Las organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro, con ámbito territorial o de actuación que incluya la Comunidad Autónoma de Galicia conjuntamente con los grupos de acción local del sector pesquero reconocidos por la Consellería del Mar, en el marco del desarrollo sostenible de las zonas de pesca del FEMP 2014-2020.

En el caso de las organizaciones no gubernamentales, la actividad en la que consista el proyecto presentado para la solicitud de ayuda deberá estar incluida en los fines de sus estatutos.

Cuando las actividades de recogida de residuos se realicen en el ámbito territorial de un plan de gestión de marisqueo, por las embarcaciones pesqueras o personas mariscadoras a pie participantes en el mismo, solo podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades del sector de la pesca establecidas en el artículo 4.1.a) y b) que sean titulares de un plan de gestión. En caso del artículo 4.1.c) podrán ser beneficiarias las organizaciones que firmen acuerdos de colaboración con entidades titulares del plan de gestión de marisqueo

Las entidades señaladas en la letra a) del punto 1 de este artículo podrán concurrir de manera individual o conjuntamente entre ellas como una agrupación de entidades, mientras que las entidades señaladas en las letras b) y c) solo podrán concurrir conjuntamente con las que se indican en esos apartados.

Segundo. Finalidad

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2021 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP para la protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades pesqueras sostenibles mediante la recogida de residuos marinos con la participación del sector de la pesca.

El procedimiento que regula la presente orden se corresponde con el código PE209F de la Guía de procedimientos y servicios de la Xunta de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 11 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2021, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos financiados por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca para la protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades pesqueras sostenibles mediante la recogida de residuos marinos, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento PE209F).

Cuarto. Importe

El crédito presupuestario para las solicitudes de ayudas tramitadas durante el ejercicio del año 2021 y la pluralidad asociada alcanza el importe de novecientos ochenta mil euros (980.000,00 euros) repartidos en las siguientas anualidades y partida presupuestaria:

Partida presupuestaria

Año 2021

Año 2022

Total

15.03.723C.780.2

500.000,00 €

480.000,00 €

980.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Para la convocatoria de 2021 el plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al mes inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 2021

Silvia Cortiñas Fernández
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar