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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 5 de enero de 2021 Pág. 142

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2020 por la que se notifican las resoluciones de las solicitudes de ayudas destinadas en el ejercicio 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos reguladas en la Orden de 6 de agosto de 2020.

La Orden de 6 de agosto de 2020 por la que se regula la concesión de las subvenciones estatales destinadas en el ejercicio 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas (DOG núm. 165, de 17 de agosto) prevé en su artículo 5.5 que la notificación de las resoluciones podrá realizarse mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, con un enlace a la página web del Fogga.

De acuerdo con lo anterior, esta dirección

RESUELVE:

Primero. Dar publicidad en la web del Fogga a los listados de las resoluciones de las solicitudes de ayudas reguladas en la Orden de 6 de agosto de 2020 por la que se regula la concesión de las subvenciones estatales destinadas en el ejercicio 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo , por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas.

En la web se publicarán los listados de concesión y de denegación de las ayudas, con indicación de la convocatoria, la persona beneficiaria, la cantidad, en su caso, concedida y la finalidad de la subvención otorgada, así como, en su caso, las causas de la desestimación.

Las personas interesadas pueden acceder a dicha web en el siguiente enlace para cada campaña:

https://fogga.xunta.gal/gl/pac/consultas_pac/beneficiario_de_axudas_pac

Estas ayudas, sujetas al régimen de minimis, regulado por el Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre, son financiadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Contra las citadas resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el presidente del Fogga en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de esta publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo de interposición concluirá el mismo día de esta publicación en el mes de vencimiento, de conformidad con el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2020

Silvestre José Balseiros Guinarte
Director del Fondo Gallego de Garantía Agraria