La Orden de 20 de diciembre de 2019 (DOG núm. 25, de 6 de febrero de 2020), conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través de la Agencia Gallega de Innovación (en adelante, Gain), establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva para el año 2020.
La Orden de 20 de julio de 2020 (DOG núm. 151, de 29 de julio) modificó las bases de la Orden de 20 de diciembre de 2020.
La Resolución de 12 de agosto de 2020 (DOG núm. 170, de 24 de agosto) adjudicó las ayudas a las entidades que contraten a las personas seleccionadas para una plaza del Programa de apoyo a la etapa predoctoral que se relacionan en su anexo III.
El artículo 19 de las bases de la convocatoria, modificado por el apartado 5 del artículo único de la Orden de 20 de julio de 2020, dispone que en caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla a la Secretaría General de Universidades o a la Gain, según corresponda; y que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca antes de 31 de diciembre de 2020. Dicho artículo también indica que las renuncias solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera de la modalidad y del órgano instructor en que se produzcan; y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.
En consecuencia, atendiendo a las renuncias recibidas en la Gain,
RESUELVO:
Primero. Aceptar la renuncia presentada por la entidad beneficiaria de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral de la modalidad A correspondiente a la persona seleccionada que se relaciona en el anexo I.
Segundo. Adjudicar la ayuda a las entidades y personas candidatas de la lista de espera de la modalidad A que se relaciona en el anexo II.
Tercero. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las entidades ajenas al SUG, según la renuncia y la nueva incorporación, tal como se indica en la siguiente tabla:
Modalidad A: 7 ayudas.
Aplicación presupuestareia |
Entidades |
Nº de ayudas |
Crédito (en euros) |
|||||
2020 |
2021 |
2022 |
2023 |
2024 |
Total |
|||
09.A3.561A.403.0 |
Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC |
2 |
8.250,00 |
60.000,00 |
52.000,00 |
43.750,00 |
0,00 |
164.000,00 |
09.A3.561A.481.0 |
Fundación Biomédica Galicia Sur |
1 |
4.125,00 |
30.000,00 |
26.000,00 |
21.875,00 |
0,00 |
82.000,00 |
09.A3.561A.481.0 |
Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela |
3 |
8.250,00 |
88.791,67 |
78.000,00 |
69.750,00 |
5.208,33 |
250.000,00 |
09.A3.561A.481.0 |
Fundación Profesor Novoa Santos |
1 |
4.125,00 |
26.000,00 |
26.000,00 |
21.875,00 |
0,00 |
78.000,00 |
Total |
7 |
24.750,00 |
204.791,67 |
182.000,00 |
157.250,00 |
5.208,33 |
574.000,00 |
Cuarto. Actualizar la lista de espera de la modalidad A, que se incluye como anexo III, para determinar posibles sustituciones.
Quinto. La fecha de comienzo del nuevo contrato será el día 16 de enero de 2021 y la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo restante de aprovechamiento de la ayuda.
Sexto. La entidad beneficiaria deberá remitir un escrito de aceptación a la Gain en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y vinculará a la persona seleccionada a su organismo mediante la formalización del correspondiente contrato.
Séptimo. El artículo 15 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y, asimismo, serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.
Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentara esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y las demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.
Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Gain y de la Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2020
Francisco Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación
y presidente de la Agencia Gallega de Innovación
ANEXO I
Renuncia a la ayuda concedida
Modalidad A.
Núm. exp. |
Entidad |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
DNI/NIE |
Zona estancia |
Fecha de renuncia |
IN606A-2020/003 |
Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC |
Bellver |
Catalá |
Marta |
***9226** |
3 |
No ha firmado el contrato |
ANEXO II
Ayuda de la lista de espera concedida
Modalidad A.
Núm. exp. |
Entidad |
1er apellido |
2º apellido |
Nombre |
DNI/NIE |
Zona estancia |
Puntuación |
IN606A-2020/024 |
Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela |
Yáñez |
Gómez |
Celso |
***2628** |
2 |
9,5097 |
ANEXO III
Lista de espera
Modalidad A.
Núm. exp. |
Entidad |
1er apelido |
2º apelido |
Nombre |
DNI/NIE |
Zona estancia |
Puntuación |
IN606A-2020/042 |
Fundación Profesor Novoa Santos |
Ramilo |
Regueira |
Paula |
***7136** |
2 |
9,3624 |
IN606A-2020/037 |
Fundación Profesor Novoa Santos |
Rodríguez |
Alonso |
Andrea |
***3007** |
- |
9,3400 |
IN606A-2020/040 |
Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela |
Pérez |
Lois |
Raquel |
***0406** |
2 |
9,2513 |