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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 250 Lunes, 14 de diciembre de 2020 Pág. 48951

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (150/2019).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 150/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ramiro José Triana Frechilla contra Seguridad y Planificación Galicia, S.L. y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Decreto 384/2020.

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

En Santiago de Compostela a cuatro de noviembre de dos mil veinte.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a los ejecutados Seguridad y Planificación Galicia, S.L. en situación de insolvencia total por importe de 55.187,93 euros en concepto de principal (6.361,69 euros en concepto de indemnización y 48.826,24 euros en concepto de salarios de tramitación), más otros 5.518,79 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas que puedan derivarse de la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reabrir la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Una vez firme la presente resolución procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

d) Procédase a su notificación al ejecutado Seguridad y Planificación Galicia, S.L. mediante publicación por edictos en el Diario Oficial de Galicia.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta número 0049 3569 9200 0500 1274 en el Banco Santander, S.A. e indicar en el campo concepto “recurso” seguida del código “31 social-revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separada por un espacio, la indicación “recurso” seguida de “31 social-revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, e indicar en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Seguridad y Planificación, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia