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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Martes, 17 de noviembre de 2020 Pág. 45463

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, y sucesivamente mortis causa mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea J.A.C. I.

Visto el expediente instruido a efectos de la transmisión de la concesión administrativa y de la batea J.A.C. I, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 10 de agosto de 2020, Juan José Ozores Ozores solicitó autorización para la transmisión mortis causa, y sucesivamente mortis causa mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea J.A.C. I.

Segundo. El informe de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación del expediente es favorable.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), y la Orden de 8 de septiembre de 2017, de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en su artículo 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior, resuelvo:

Autorizar la transmisión mortis causa, y sucesivamente mortis causa mediante pacto de mejora, a favor de Juan José Ozores Ozores (***5486**), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: J.A.C. I.

Localización:

Cuadrícula nº: 73.

Polígono: B.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 18.1.1980.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: María Concepción Ozores Vidal (***5126**) y José Sixto Ozores Fajardo (***4652**).

Nuevo titular: Juan José Ozores Ozores (***5486**).

El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 23 de octubre de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
María José Cancelo Baquero
Jefa territorial de A Coruña