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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Lunes, 16 de noviembre de 2020 Pág. 45312

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 26 de octubre de 2020, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente XC-01894-O-2020 y dos más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación de los expedientes sancionadores número XC-01894-O-2020 y dos más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

A Coruña, 26 de octubre de 2020

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF Denunciado

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-01894-O-2020

3560-KWP

32830290K

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

28.2.2020; 9.50; AC-523; 1,0

Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la apartado f) de la LOTT

801 euros

XC-02158-O-2020

0480-BRJ

33441647D

Exceso de peso igual o superior al 15 %.

4.3.2020; 13.30; AP-9; 79,489

Artículo 141.2 de la LOTT

Artículo 198.3 del ROTT

Artículo 143.1.c) de la LOTT

Artículo 201.f) del ROTT

801 euros

XC-02193-O-2020

4424-FFD

34879875F

La realización de transportes públicos de mercancías, así como la contratación como porteador o la facturación en nombre propio de servicios de transporte, careciendo de la autorización, siempre que se acredite que en el momento de realizarlos o contratarlos, se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los 15 días siguientes al de la notificación del inicio del expediente.

2.3.2020; 17.56; AP-9; M 1,2

Artículo 142.1 de la LOTT

Artículo 199.1 del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

Artículo 201.c) del ROTT

301 euros