Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 22 de octubre de 2020 Pág. 42213

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 7 de octubre de 2020 por el que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/52/2018-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 2 de septiembre de 2020, dictó resolución por la que se declara que las obras llevadas a cabo en el lugar de As Mirandela, parroquia de O Xobre, ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal, provincia de A Coruña no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y ordena su demolición.

Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución a Antonio Manuel Rivas Gey y a Araceli Ínsua López, mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se les notifica a las personas interesadas dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a las personas interesadas que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación a las personas interesadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2020

Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística