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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 6 de octubre de 2020 Pág. 38584

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 16 de septiembre de 2020, del Servicio de Movilidad de Lugo, por el que se notifica los acuerdos de incoación del expediente sancionador en materia de transportes terrestres LU-01146-O-2020 y uno más.

La persona titular del Servicio de Movilidad de Lugo acordó la incoación de los expedientes sancionadores número LU-01146-O-2020 y otro, por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia (DOG). En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Lugo.

Se les otorga un plazo de quince días (15) hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

Lugo, 16 de septiembre de 2020

Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF denunciado

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto

calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

LU-01146-O-2020

LU-2139-U

Y1153458E

Transportar mercancías peligrosas no llevando a bordo del vehículo una carta de porte (o cualquier otra documentación exigible) que cubra todas las mercancías transportadas, llevarla sin consignar cuáles son estas o llevarla ilegible.

25.6.2020; 17.25; N-540; 16,0

Art. 140.15.8 LOTT

Art. 197.16.8 ROTT

Atenuante

Art. 141.25 LOTT

Art. 143.1 LOTT

Art. 201.i) ROTT

801 euros

LU-01147-O-2020

LU-2139-U

Y1153458E

Transportar mercancías peligrosas careciendo de los extintores o cualesquiera otros medios de extinción de incendios que resulten obligatorios en función del vehículo o la carga transportada, o disponer de unos cuya correcta utilización no esté garantizada.

25.6.2020; 17.25; N-540; 16,0

Art. 141.5.3 LOTT

Art. 198.6.3 ROTT

Art. 143.1 LOTT

Art. 201.f) ROTT

801 euros