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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Miércoles, 23 de septiembre de 2020 Pág. 37030

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 454/2017).

Yo, Belén Menéndez Medel, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 454/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Dolores Vilariño Vilariño contra Valoriza Servicios a la Dependencia, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución señalando fecha de juicio:

Providencia de la magistrada jueza Paula Méndez Domínguez.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2020.

Visto el aplazamiento acordado en el presente procedimiento para la celebración de juicio oral, y la fecha en que venía señalado el juicio suspendido, y habida cuenta su naturaleza, el número de partes intervinientes, y la duración previsible de la vista, así como de las demás vistas fijadas para el mismo día:

De conformidad con lo señalado en el Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ de 23 de mayo de 2020 por el que se alza a partir del 4 de junio de 2020 la suspensión de plazos y actuaciones procesales –que venía establecida conforme a la disposición adicional segunda del Real decreto 463/2020 de declaración del estado de alarma y sus prórrogas–, y de conformidad con lo señalado en el Protocolo de 11 de mayo de 2020 de la Comisión Permanente del CGPJ para la elaboración de los planes de reanudación de la actividad judicial, y el Protocolo del TSJ de Galicia aprobado por el Pleno de la Sala de Gobierno en sesión de 29 de mayo de 2020 para la coordinación de las agendas de señalamientos en los estado de alarma órganos judiciales del ámbito del TSJ de Galicia, y teniendo en cuenta las limitaciones de aforo de la sede judicial de este juzgado y de la sala de vistas de este juzgado fijadas por la Administración prestacional, así como las necesidades de separación temporal entre los señalamientos –para las labores de higienización, ventilación y limpieza de las salas, y evitar la superación de los aforos fijados–, y limitaciones horarias del uso de las salas de vistas, resulta necesario reprogramar y efectuar nuevo señalamiento de juicio oral en las presentes actuaciones.

Por los motivos expuestos, se señala para la celebración de conciliación el presente procedimiento el día 27.10.2020, a las 13.40 horas, y a las 13.45, el acto de juicio oral.

Notifíquese a las partes la presente resolución y efectúese la citación de partes, testigos y peritos que viniere acordada en autos para la nueva fecha y hora indicadas.

Asimismo, se requiere a las partes a fin de que, al menos con dos días de antelación al juicio oral, comuniquen a este juzgado, por correo electrónico (para evitar anticipar las pruebas y salvaguardar el derecho de defensa), los testigos y/o peritos que van a concurrir a la vista, identificados por su nombre y apellidos y su DNI, a fin de poder realizar las correspondientes actuaciones y coordinación con el Servicio de Seguridad de la sede judicial para control de acceso a la misma y de los aforos permitidos.

Asimismo, si fuere parte en el procedimiento una Administración o entidad pública se le informa de que tiene la obligación de efectuar remisión del expediente administrativo por LexNet en formato PDF-A, con posibilidad de lector óptico ORC, previamente indexado con hipervínculo, o de modo telemático al correo electrónico del juzgado.

E, igualmente, hágase saber a las partes que, a fin de garantizar la agilidad de las vistas, pueden presentar la documental e informes periciales por vía LexNet previamente al acto del juicio oral.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Valoriza Servicios a la Dependencia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y tablón de anuncios del juzgado.

Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia