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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Martes, 25 de agosto de 2020 Pág. 33711

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de las concesiones administrativas y de las bateas B.D. I, B.D. II y B.D. III.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de la transmisión de la concesión administrativa y de las bateas B.D. I, B.D. II y B.D. III, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 22 de mayo de 2020, Benito Vicente Deira Romero solicitó autorización para la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de las concesiones administrativas y de las bateas B.D. I, B.D. II y B.D. III.

Segundo. Los informes de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación de los expedientes son favorables.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243 de 15 de diciembre), con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Por todo lo anterior resuelvo:

Autorizar la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, a favor de Benito Vicente Deira Romero (***5765**), de las concesiones administrativas y de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: B.D. I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 155.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mexillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 21.3.1960.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: Benito Deira Muñiz (***8931**) y María Mercedes Romero Durán (***8781**).

Nuevos titulares: Benito Deira Muñiz (***8931**), María Mercedes Romero Durán y (***8781**) y Benito Vicente Deira Romero (***5765**).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: B.D. II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 174.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mexillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: Concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 20.5.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Benito Deira Muñiz (***8931**).

Nuevos titulares: Benito Deira Muñiz (***8931**) y Benito Vicente Deira Romero (***5765**).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: B.D. III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 49.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: Mexillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 20.5.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Benito Deira Muñiz (***8931**).

Nuevos titulares: Benito Deira Muñiz (***8931**) y Benito Vicente Deira Romero (***5765**).

Los nuevos titulares de la concesión queda subrogados en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa que se interpondrá en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 30 de julio de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
El jefe territorial de A Coruña
Por delegación de firma (Resolución de 25.11.2019)
Beatriz Alonso de la Iglesia
Jefa del Servicio de Competitividad e Innovación Tecnológica