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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Viernes, 17 de julio de 2020 Pág. 28606

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2020, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2020/019-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Ceetrus Urban Player Spain, S.A.

Domicilio social: avenida de Europa, 19, 2ª planta, 28108 Alcobendas, Madrid.

Denominación: LMTS, CS y CCTT Centro Comercial Vialia Ola Verde.

Situación: Vigo.

Características técnicas: LMT subterránea con tensión 15 kV y 90 metros de longitud, con entrada y salida en el punto de acceso existente en la calle Vía Norte frente al nº 36 y centro de seccionamiento de nueve celdas de línea. Instalación de tres centros de transformación de 630 kVA cada uno. Las instalaciones están situadas en la calle Vía Norte, en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra).

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 17 de junio de 2020

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra