El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 29 de mayo de 2020, acordó aceptar, de conformidad con lo previsto en los artículos, 7.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y en el 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, la delegación de competencias que realizó el Ayuntamiento de Tomiño, por acuerdo del Pleno en la sesión de 27 de febrero de 2020, para desarrollar las facultades de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terreno de uso público municipal, así como industrias en la calle y ambulantes y rodaje cinematográfico.
La citada delegación la realizará la Diputación Provincial de Pontevedra a través de sus servicios tributarios.
Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos.
Pontevedra, 2 de junio de 2020
La presidenta de la Diputación Provincial de Pontevedra |
Carlos Cuadrado Romay Secretario de la Diputación Provincial de Pontevedra |