Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade de 19.12.2019 se aprobó definitivamente el Plan especial de dotaciones para situar una residencia de la tercera edad en el lugar de A Chan (Carballedo), publicado en el DOG nº 19, de 29 de enero de 2020.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, la aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, para los fines de la expropiación o imposición de servidumbres.
Actúa como Administración expropiante y beneficiaria el Ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade, con las consecuencia legales derivadas de estas posiciones jurídicas.
Se trata de una expropiación urbanística y, como tal, regulada en la Ley 7/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo y rehabilitación urbana, en la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
Al tratarse de una expropiación urbanística, este expediente se formula por el procedimiento de tasación conjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 118 y concordantes de la Ley del suelo de Galicia.
A los efectos de fijación del justiprecio por el procedimiento de tasación conjunta, para su pago a los propietarios afectados y ocupación de las fincas afectadas se confeccionó el oportuno expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/2015, artículo 118 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia, y artículos 291 a 293 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. De conformidad con lo anterior, el Pleno, en la sesión extraordinaria de 15.6.2020, adoptó el siguiente:
ACUERDO:
«Primero. Aprobar inicialmente el proyecto de expropiación para la construcción de la residencia de la tercera edad en A Chan, Carballedo, por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos incluidos en el ámbito determinado en el proyecto.
Segundo. Someter el proyecto de expropiación por tasación conjunta a información pública por período de un mes, mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor circulación de la provincia para que quien pueda resultar interesado formule las observaciones y reclamaciones que estime convenientes, en particular en lo que concierne a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos. Además, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://concellodecerdedocotobade.sedelectronica.gal).
Tercero. Notificar el presente acuerdo a los propietarios y titulares de derechos afectados, acompañando a la notificación su respectiva hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de notificación».
Cerdedo-Cotobade, 19 de junio de 2020
Jorge Cubela López
Alcalde
ANEXO
Finca |
Referencia catastral |
Propietario/a |
Superficie |
Afección |
1 |
36012B508013190000FT |
José Bouzas Lois |
56 |
Expropiación |
2 |
36012B508013200000FP |
Matilde Lois Vidal |
3.100 |
Expropiación |
3 |
36012B508013210000FL |
María Vidal García |
1.223 |
Expropiación |
4 |
36012B508013120000FA |
José Antonio Lois Fernández |
1.515 |
Expropiación |
5 |
36012B508012980000FD |
Hdos. Emilio García García |
2.117 |
Expropiación |
6 |
36012B508012990000FX |
Hdos. Emilio García García |
21 |
Expropiación |