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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Viernes, 19 de junio de 2020 Pág. 24673

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 9 de marzo de 2020 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/90/2019-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 20 de febrero de 2020, resolver el expediente de reposición de la legalidad urbanística en relación con las obras consistentes en la construcción de un portal soportal anexo a una vivienda existente, que invade terrenos reservados para ampliación de vial, situada en el Camiño Veigas, Coruxo, en el término municipal de Vigo, provincia de Pontevedra.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquel acuerdo a José Fernández Hermida, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicho acuerdo mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

El interesado dispone de un plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación de esta cédula, para presentar los documentos y justificaciones que considere pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.

Para que conste, y le sirva de notificación a el citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 9 de marzo de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística