Yo, María Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 542/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana Isabel Creo Santiago contra Luis Escurís Batalla, S.L.U., Familia Escurís Pérez, S.L., Tuna Clean, S.L. y el Fondo de Garantía Social Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva
Acuerdo tener por desistida a la parte demandante de su demanda y acuerdo el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos.
Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS).
El/la letrado/a de la Administración de justicia
Los plazos comenzarán a contar una vez que la autoridad competente alce la suspensión de los plazos procesales.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Luis Escurís Batalla, S.L.U., Familia Escurís Pérez, S.L., Tuna Clean, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.
Santiago de Compostela, 28 de abril de 2020
La letrada de la Administración de justicia