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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Martes, 10 de marzo de 2020 Pág. 15648

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (DOI 570/2019).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 570/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Esperanza Castro Freire contra la empresa Eurofrut, S.L., Luis Alberto García Pombo Fernández y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo se adjunta:

«Fallo que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por Esperanza Castro Freire contra Eurofrut Santiago, S.L. y Luis Alberto Pombo Fernández como administrador concursal de Eurofrut Santiago, S.L., efectúo los pronunciamientos siguientes:

1. Debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la demandante efectuado por la mercantil Eurofrut Santiago, S.L. con fecha de efectos el día 28 de junio de 2019, y, no siendo realizable la readmisión de la trabajadora demandante, debo declarar y declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral existente entre la demandante y la mercantil demandada.

2. Debo condenar y condeno a la mercantil Eurofrut Santiago, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración, y a que abone a la demandante la suma de 37.691,65 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral a fecha de esta resolución y la suma de 12.354,60 euros brutos en concepto de salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido hasta la extinción de la relación laboral en la presente resolución, sin perjuicio de los descuentos que, en su caso, procedan respecto de dicha suma en fase de ejecución de sentencia, en relación con las prestaciones por desempleo o por la colocación de la demandante en otro empleo, en su caso, durante dicho periodo de salarios de tramitación y en función del salario que, en su caso, esté percibiendo en su nuevo empleo.

3. Debo condenar y condeno a Luis Alberto Pombo Fernández como administrador concursal de Eurofrut Santiago, S.L., en su sola condición de tal, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y condena de la mercantil concursada.

4. En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET, con notificación de esta resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Eurofrut Santiago, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este juzgado y en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 2020

La letrada de la Administración de justicia