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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Jueves, 5 de marzo de 2020 Pág. 14878

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2020, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2020 (código de procedimiento PR924B).

Mediante la Resolución de 31 de diciembre de 2019 (DOG nº 25, de 6 de febrero), se regularon y convocaron las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2020.

En el artículo 7 de dicha resolución se establece que el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, plazo que terminará el próximo día 6 de marzo.

Las especiales circunstancias sociales, políticas y económicas que acontecen actualmente en Venezuela, Cuba, Argentina y Uruguay están provocando grandes dificultades para que las entidades domiciliadas en estos países puedan reunir la documentación necesaria para solicitar las subvenciones de los programas convocados al amparo de esta convocatoria.

En los países citados tienen su sede social y desarrollan sus actividades un gran número de entidades gallegas del exterior, inscritas en el Registro de la Galleguidad, potenciales beneficiarias según se recoge en el artículo 2 de dicha resolución, que debido a las circunstancias señaladas no cuentan con ingresos propios suficientes para el desempeño de su cometido estatutario y ponen en riesgo su propia supervivencia, por lo que las subvenciones que se les vienen concediendo al amparo de esta convocatoria resultan imprescindibles para su funcionamiento y el desarrollo de los proyectos que justifican su existencia.

En atención a estas circunstancias, resulta necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes al amparo de dicha convocatoria.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

RESUELVO:

Artículo único. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 7 de la Resolución de 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2020 (DOG nº 25, de 6 de febrero), hasta el 16 de marzo de 2020, inclusive.

Santiago de Compostela, 3 de marzo de 2020

El secretario General de la Emigración
P.S. (Decreto 76/2017, de 28 de julio)
José Carlos García Bouzas
Subdirector general de Gestión Económico-Administrativa y del Retorno