Advertida una redacción no coincidente entre el artículo 2.3 y el artículo 4.1.b) del anexo I y el punto 5 del anexo VI de la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 36, de 21 de febrero de 2020, es necesario efectuar la siguiente corrección:
En la página 12713, donde dice:
«3. Que no hayan sido contratados por una universidad del SUG, bajo ninguna modalidad de contratación, en los 24 meses anteriores a la fecha límite de presentación de solicitudes».
Debe decir:
«3. Que no hayan sido contratados bajo ninguna modalidad de contratación, en los 24 meses anteriores a la fecha límite de presentación de solicitudes por:
1) Las universidades del SUG.
2) Los organismos públicos de investigación de Galicia.
3) Las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos y Fundación Biomédica Galicia Sur).
4) Los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y del IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia.
5) Una institución u organismo del I+D+i gallego».