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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Viernes, 28 de febrero de 2020 Pág. 14030

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 369/2018).

Yo, María Iria Roman Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario número 369/2018, de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosa Baleirón Pérez, contra Bello Gómez, S.L., Javier Bello Stout, Santiago Gómez Baleirón y Fogasa, se acordó citar a Bello Gómez, S.L., en paradero desconocido, para que comparezca en la sala de vistas del Juzgado do Social número 3, situado en la calle Berlín, s/n; polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, el día 20 de abril de 2020, a las 10.55 y 11.00 horas, a fin de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Podra comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que tiene a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, la copia de la demanda, el decreto de admisión de la misma y también las demás resoluciones y documentos que figuran en el procedimiento.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a Bello Gómez, S.L., así como para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios, expido la presente cédula.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2020

La letrada de la Administración de justicia